Com a treballadores i treballadors cristians afirmem la dignitat inalienable de les persones i de la classe obrera de tot el món. En aquest camí de recerca de propostes i solucions dignes de la condició humana, volem estendre la mà a tothom des de la nostra opció pels empobrits. Ho volem fer amb la responsabilitat i l’esperança que troben el fonament en Déu i en les persones, dues causes que no es poden separar mai per a qui seguim a Jesucrist.

dimecres, 27 de novembre del 2019

La HOAC rechaza que el derecho a la salud de la spersonas trabajadoras sea subordinado a la primacía de la rentabilidad



por Comunicación ITD

Para este movimiento de trabajadores de la Acción Católica especializada, entidad promotora de la iniciativa Iglesia por el Trabajo Decente, el fallo del Alto Tribunal es injusto y está en la lógica de considerar al ser humano «como un bien de consumo, que se puede usar y luego tirar», como denuncia el papa Francisco.
La Hermandad Obrera de Acción Católica (HOAC) considera que la sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional (16/10/2019, pdf), que permite el despido por causas objetivas si hay faltas de asistencia justificadas pero intermitentes, sitúa a la personas trabajadoras ante un mayor sometimiento en las condiciones de trabajo, y así otorgar todavía una mayor prioridad al criterio económico.
Para la HOAC, esta sentencia es claramente un retroceso al trabajo “libre, creativo, participativo y solidario” (Evangelii gaudium, 192) donde el ser humano expresa y acrecienta la dignidad de su vida. De esta forma el trabajo se convierte en un lugar de opresión, determinado por las leyes y normas establecidas para que las condiciones laborales de los trabajadores y las trabajadoras se sometan al criterio de rentabilidad, donde lo que importa es la ganancia. En el origen de la sentencia está el redactado de la reforma laboral del año 2012 al artículo 52. d del Estatuto de los Trabajadores, que endureció las condiciones laborales al suprimir la referencia al volumen de inasistencias total de la plantilla en el centro de trabajo. De esta forma, además de la indefensión que provoca, culpabiliza a la persona por enfermar y tener «faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos…» motivando así su despido objetivo.
La HOAC considera, desde una visión antropológica cristiana, injusto este fallo, cuando además sabemos que por las actuales condiciones laborales que tienen principalmente los jóvenes y las mujeres, mayoritariamente precarias, y se convierte en un motivo más para relativizar la exigencia de un trabajo decente. Por todo ello, manifiesta su adhesión a las movilizaciones convocadas por las organizaciones de los trabajadores, el 27 de noviembre, para exigir la derogación de este texto del Estatuto de los Trabajadores.
Al mismo tiempo, la HOAC realiza un llamamiento al próximo Gobierno de España para que abra procesos que promuevan transformar y alcanzar unas relaciones laborales que permitan un trabajo digno y, con ello, un modelo de desarrollo más inclusivo, sostenible y solidario.

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